La relaci n Derechos Humanos y Estado presenta una evoluci n que ha transitado del plano interno al internacional con la consecuente transformaci n del mbito de responsabilidad del Estado en materia de DDHH, donde se ha venido ampliando esa responsabilidad estatal -nacional e internacional- por la atenci n que los Estados, le deben brindar a las v ctimas de violaciones graves a los DDHH con el fin de garantizar, sus derechos a la verdad, a la justicia y a la reparaci n impuls ndose una transformaci n de las relaciones Multilaterales estatales que se traslada desde una relaci n en la que los Estados eran los nicos sujetos de derechos y obligaciones hasta la relaci n triangular compuesta por individuos, Estado obligado y Comunidad internacional. Al efecto, la Cte. IDH por medio de su jurisprudencia en los casos de masacres, torturas, homicidios y desapariciones forzadas ocurridas en pa ses latinoamericanos diferentes a Colombia, ha originado, desarrollado y consolidado un est ndar de reparaci n a las v ctimas de violaciones graves a los DDHH, el que resulta v lido con relaci n a los casos Colombianos que por tales conductas ha resuelto esa Corporaci n. En l nea con lo anterior, el Consejo de Estado desde febrero de 2008 viene desarrollando una nueva l nea jurisprudencial coincidente con la dispuesta por la Cte.IDH y comprensiva de una reparaci n integral a las v ctimas de violaciones graves a los DDHH, la que incluye formas de reparaci n adicionales, a las indemnizatorias. Sin embargo, se evidencian carencias en la reparaci n a las v ctimas de violaciones graves a los DDHH, las que impide afirmar que se brinda por el Consejo de Estado una reparaci n integral, justa y adecuada a las v ctimas de violaciones graves a los DDHH siendo necesario formular sugerencias que contribuyan a desarrollar esa jurisprudencia del Consejo de Estado articul ndola con la jurisprudencia internacional de la Cte.IDH.